ÁREA DE SALUD DESAMPARADOS 2

2251-0572

ÁREA DE SALUD PAVAS

2231-6044

 

Preguntas Frecuentes

COOPESALUD R.L.  >  Preguntas Frecuentes

Consultas generales

¿Cuánto tiempo tengo para retirar los medicamentos en la farmacia después de haber presentado la receta?

Después de la entrega de la receta, el usuario cuenta con 3 días hábiles para el retiro del medicamento.

¿Cuánto tiempo tienen vigencia las recetas?

Las recetas tienen vigencia de hasta una semana después de haberse emitido.

¿Necesito estar asegurado para realizarme un procedimiento (curación, retiro de hilos, etc.)?

Sí, para recibir cualquier tipo de atención en Consulta Externa, el usuario debe estar asegurado bajo cualquier modalidad. Si se trata de un no asegurado, éste debe acudir primero a la Oficina de Validación de Derechos para su respectiva facturación y cobro de los servicios de manera anticipada.

¿Qué requisitos necesito para afiliarme al área de salud?
    • Contar con algún tipo de aseguramiento excepto en el caso de niños adolescentes y embarazadas.
    • Cédula de identidad o cédula de residencia al día.
    • Recibo de agua luz o teléfono de su casa de habitación. Si vive en una casa alquilada presentar el contrato de arrendamiento o una carta del dueño donde indica la condición de arrendatario, así como  la copia de la cédula del dueño.
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¿Qué documentos necesito para tramitar una epicrisis médica?

Acercarse a cualquier recepción de los Ebáis, llenar el formulario y adjuntar su cédula de identificación. Si la epicrisis es para otra persona, una carta de autorización del interesado y fotocopia de la cédula.

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¿Cuál es el horario de atención para realizar trámites de afiliación?

De lunes a jueves de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. y los viernes hasta las 2:30 p.m.

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¿Qué documentos o requisitos se necesitan para obtener una cita?

Cédula de identificación o de residencia al día, orden patronal o comprobante de pago y carnet de seguro al día.

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¿Qué debo hacer si se requiere una copia del expediente?

Presentarse en la Dirección Médica del Área de Salud, llenar la solicitud y cancelar el monto de las copias.

¿Cuáles son los requisitos para el trámite de una licencia de fase terminal?

Ser asegurado directo, aportar certificado médico de Clínica de Cuidados Paliativos u hospitalario en donde se indica la condición del paciente en fase terminal, copia de cédula del trabajador y el paciente enfermo.  Presentar una nota del paciente enfermo autorizando el cuidador y copia de la orden patronal del trabajador. Todos estos documentos deben presentarse en la Dirección médica del Área de Salud.

¿Qué requisitos se necesitan para ser atendido en Pediatría, Medicina Interna o Cirugía Menor, Nutrición, Trabajo Social y Psicología?

Ser valorado por el médico general y si éste lo considera necesario enviará la referencia correspondiente.

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¿Me pueden inyectar todo tipo medicamento?

Por normativa institucional nuestro personal solo está autorizado a administrar medicamentos despachados por nuestra farmacia u otra farmacia de la CCSS. No se aplican medicamentos comprados en farmacias privadas.

¿Qué requisitos tengo que presentar para que me vacunen?

Solo debe presentarse al puesto de vacunación; de ser posible con un documento de identificación y con el carnet o libro de vacunas para revisar el antecedente vacunal. Para la vacunación no se requiere seguro de salud.

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¿Me pueden dar todo tipo de material (guantes, gasa, jeringas) para el hogar?

La clínica brinda material para atención domiciliar únicamente para las personas que se encuentran en control médico. Para la entrega de material es necesario que nuestro personal de enfermería de seguimiento a la condición y evolución del paciente.

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¿En cuanto tiempo puedo cobrar mi incapacidad en la Caja Costarricense de Seguro Social?

La incapacidad está tramitada y lista para ser cobrada en un período máximo de 10 días.

VER PÁGINA DE CONTACTO
¿Si no tengo seguro, puedo recibir atención prenatal o llevar a mi hijo menor de 18 años para que reciba atención?

Si puede, el Estado tiene la responsabilidad de darle cobertura a la atención prenatal y post natal y a los menores de 18 años.

¿Cuánto tiempo toma la preparación de la receta?

Las recetas que se despachan en la sede central normalmente se entregan entre 3 y 4 horas después de entregada la receta.

Las recetas de urgencias se entregan una hora después de entregada la receta.

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Si tengo dudas sobre el tratamiento que recibo porque no leo bien, o no comprendo las indicaciones, ¿a quién me puedo dirigir?

Puede solicitar ayuda al farmacéutico para que le brinde indicaciones claras y los horarios de sus medicamentos. Si usted tiene dificultad para leer la indicación, también le podemos brindar ayudas visuales y dibujos fáciles de seguir y entender.

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Si soy atendido en un Ebáis de la sede central ¿puedo retirar los medicamentos en otra sede?

Los pacientes que reciben atención médica en un Ebáis distinto al de adscripción, deberán retirar sus medicamentos en el lugar de adscripción. La excepción, en estos casos, es para el usuario que es atendido en alguna de las especialidades o en el servicio de Urgencias.

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¿Cuánto tiempo tengo para retirar una receta copia?

Una vez entregada en la Farmacia la receta, se debe retirar en un máximo de tres días hábiles.

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Si tengo medicamentos que no utilizo, ¿los puedo llevar a la Farmacia para que sean desechados?

Sí, la Farmacia recibe medicamentos que los pacientes no utilizan y los desecha adecuadamente.

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Odontología

¿Necesito estar asegurado para realizarme un procedimiento (curación, retiro de hilos, etc.)?

Sí, para recibir cualquier tipo de atención en Consulta Externa, el usuario debe estar asegurado bajo cualquier modalidad. Si se trata de un no asegurado, éste debe acudir primero a la Oficina de Validación de Derechos para su respectiva facturación y cobro de los servicios de manera anticipada.

¿Es normal que me duela la encía después de realizada una extracción?

Depende de cada persona, en caso de dolor tomar un analgésico y no realizar enjuagues en la boca.

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¿Es normal que después de realizado una calza me duela el diente, si como comidas frías o calientes?

Si, es normal, ya que al eliminar el tejido infectado la zona blanda del diente sufre inflamación. A veces para aliviar, es necesario un pulido de ese diente.

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¿Cuánto tiempo después de realizada una extracción puedo botar la gaza que me dejaron colocada?

Después de 15 minutos y procure no escupir.

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¿El día de la extracción me podría hacer enjuagues dentales (buches)?

No, porque podría romper el coágulo de sangre. Se puede cepillar los dientes sin lastimar la zona donde le realizaron la extracción y enjuagarse con mucho cuidado.

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¿Por qué me sangran mis encías cuando me cepillo los dientes?

Porque probablemente tiene acumulación de placa dental o  sarro, lo que forma bolsas periodontales que producen sangrado. Por lo que se recomienda hacerse una limpieza al menos cada seis  meses.

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¿Por qué se produce dolor durante una limpieza dental?

Porque al irse removiendo el sarro (cálculo dental) acumulado, la pared del diente va quedando lisa (normal) y puede producir estímulos de dolor por la sensibilidad. En ocasiones el paciente tiene los cuellos de los dientes descubiertos y esto produce sensibilidad.

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¿Qué requisitos necesito para afiliarme al área de salud?
    • Contar con algún tipo de aseguramiento excepto en el caso de niños adolescentes y embarazadas.
    • Cédula de identidad o cédula de residencia al día.
    • Recibo de agua luz o teléfono de su casa de habitación. Si vive en una casa alquilada presentar el contrato de arrendamiento o una carta del dueño donde indica la condición de arrendatario, así como  la copia de la cédula del dueño.
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¿Cuánto tiempo tienen vigencia las recetas?

Las recetas tienen vigencia de hasta una semana después de haberse emitido.

¿Cuál es el horario de atención para realizar trámites de afiliación?

De lunes a jueves de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. y los viernes hasta las 2:30 p.m.

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¿Qué documentos o requisitos se necesitan para obtener una cita?

Cédula de identificación o de residencia al día, orden patronal o comprobante de pago y carnet de seguro al día.

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¿Qué requisitos se necesitan para ser atendido en Pediatría, Medicina Interna o Cirugía Menor, Nutrición, Trabajo Social y Psicología?

Ser valorado por el médico general y si éste lo considera necesario enviará la referencia correspondiente.

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¿Cuáles son los requisitos para el trámite de una licencia de fase terminal?

Ser asegurado directo, aportar certificado médico de Clínica de Cuidados Paliativos u hospitalario en donde se indica la condición del paciente en fase terminal, copia de cédula del trabajador y el paciente enfermo.  Presentar una nota del paciente enfermo autorizando el cuidador y copia de la orden patronal del trabajador. Todos estos documentos deben presentarse en la Dirección médica del Área de Salud.

¿Qué documentos necesito para tramitar una epicrisis médica?

Acercarse a cualquier recepción de los Ebáis, llenar el formulario y adjuntar su cédula de identificación. Si la epicrisis es para otra persona, una carta de autorización del interesado y fotocopia de la cédula.

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¿Qué debo hacer si se requiere una copia del expediente?

Presentarse en la Dirección Médica del Área de Salud, llenar la solicitud y cancelar el monto de las copias.

¿Me pueden inyectar todo tipo medicamento?

Por normativa institucional nuestro personal solo está autorizado a administrar medicamentos despachados por nuestra farmacia u otra farmacia de la CCSS. No se aplican medicamentos comprados en farmacias privadas.

¿Me pueden dar todo tipo de material (guantes, gasa, jeringas) para el hogar?

La clínica brinda material para atención domiciliar únicamente para las personas que se encuentran en control médico. Para la entrega de material es necesario que nuestro personal de enfermería de seguimiento a la condición y evolución del paciente.

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¿En cuanto tiempo puedo cobrar mi incapacidad en la Caja Costarricense de Seguro Social?

La incapacidad está tramitada y lista para ser cobrada en un período máximo de 10 días.

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¿Si no tengo seguro, puedo recibir atención prenatal o llevar a mi hijo menor de 18 años para que reciba atención?

Si puede, el Estado tiene la responsabilidad de darle cobertura a la atención prenatal y post natal y a los menores de 18 años.

Si soy atendido en un Ebáis de la sede central ¿puedo retirar los medicamentos en otra sede?

Los pacientes que reciben atención médica en un Ebáis distinto al de adscripción, deberán retirar sus medicamentos en el lugar de adscripción. La excepción, en estos casos, es para el usuario que es atendido en alguna de las especialidades o en el servicio de Urgencias.

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Si tengo dudas sobre el tratamiento que recibo porque no leo bien, o no comprendo las indicaciones, ¿a quién me puedo dirigir?

Puede solicitar ayuda al farmacéutico para que le brinde indicaciones claras y los horarios de sus medicamentos. Si usted tiene dificultad para leer la indicación, también le podemos brindar ayudas visuales y dibujos fáciles de seguir y entender.

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¿Cuánto tiempo toma la preparación de la receta?

Las recetas que se despachan en la sede central normalmente se entregan una hora después de recibidas en la Farmacia.

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Si tengo medicamentos que no utilizo, ¿los puedo llevar a la Farmacia para que sean desechados?

Sí, la Farmacia recibe medicamentos que los pacientes no utilizan y los desecha adecuadamente.

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¿Qué requisitos tengo que presentar para que me vacunen?

Solo debe presentarse al puesto de vacunación; de ser posible con un documento de identificación y con el carnet o libro de vacunas para revisar el antecedente vacunal. Para la vacunación no se requiere seguro de salud.

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¿Cuánto tiempo tengo para retirar los medicamentos en la farmacia después de haber presentado la receta?

Después de la entrega de la receta, el usuario cuenta con 3 días hábiles para el retiro del medicamento.

¿Qué documentos necesito y dónde tramito un dictamen médico privado o una incapacidad?

Se tramita en la Clínica Moreno Cañas, presentando el dictamen médico del Colegio de Médicos o la incapacidad del médico de empresa además de la cédula de identidad y la orden patronal y carnet de seguro.

¿Qué documentos necesito para tramitar una epicrisis médica?

Acercarme a cualquier recepción de los EBAIS, llenar el formulario y adjuntar su cédula de identificación. Si la epicrisis es para otra persona, una carta de autorización del interesado y fotocopia de la cédula.

¿Cuál es el horario de citas de Atención Preferencial?
    • Sede de Rincón Grande. De Lunes a viernes de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. o llamando al teléfono 2231-6215.
    • Sede Central de Pavas (Clínica). De lunes a viernes de 3:00 p.m.a 3:30 p.m. o llamando al teléfono 2290-9772.
    • Sede de Pavas Centro (Mega EBAIS) de Lunes a Viernes de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. o llamando al teléfono 2220-1207.
¿Cuál es el horario de otorgamiento de citas de Rayos X?

De 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 12:30 m. a 2:30 p.m.

¿Cómo puedo coordinar atención domiciliar para curación, aplicación de medicamento o retiro de hilos?

Debe presentarse en la oficina de la Supervisora de Enfermería (sede Rincón Grande) o de la Jefatura de Enfermería (Clínica de Pavas) con la respectiva referencia e indicación médica.

¿Cuál es el horario de atención para los diferentes servicios?
Servicio Horario
Sedes de EBAIS: Medicina General, servicios de enfermería (curaciones, inyectables, vacunas) Odontología De Lunes a Jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.Viernes de 7:00 a.m.  a 3:00 p.m.
Trámites de afiliación en las sedes de EBAIS De Lunes a Jueves de 8:00 a.m.  a 4:00 p.m.Viernes de 8:00 a.m.  a 3:00 p.m.Jornada continua
Toma y recepción de muestras de laboratorio en las sedes de EBAIS De Lunes a Viernes de 7:00 a.m.  a 9:00 a.m. 
Entrega de recetas y despacho de medicamentos, en las sedes de EBAIS De Lunes a Jueves de 7:00 a.m. a 4:00 a.m. Viernes de 7:00 a.m. a 3:00 pmJornada continua
Trámites de Seguro por el Estado en la sede Central en San Rafael Abajo A las 7:00 a.m. se otorgan las fichas para la atención de los usuarios.Los casos de protección por leyes especiales (menores de edad y mujeres embarazadas) se tramitan durante el día de acuerdo a la demanda.
¿Cómo me puedo asegurar?

Si desea gestionar un aseguramiento contributivo, es decir, Seguro Voluntario o de Trabajador Independiente, debe gestionarlo en la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social ubicada en Desamparados centro, 50 metros al Este de Pizza Hut. Si desea beneficiar a un familiar con su seguro, esta gestión la puede realizar en el EBAIS que le corresponda según su lugar de residencia. Los requisitos a presentar se detallan en el menú a la derecha de su pantalla: “Servicios Desamparados 2” y allí en la pestaña “Registros de Salud”.

¿Cuáles son los requisitos para afiliarme?

El asegurado puede solicitar su afiliación personalmente o por medio de terceros debidamente autorizados, tomando en cuenta los siguientes requisitos:

 

Asegurado directo nacional:

    • Cédula de identidad o pasaporte vigente
    • Orden patronal o recibo de pago del seguro voluntario o trabajador independiente al día
    • Recibo de agua, luz o teléfono, no necesariamente debe estar a nombre del solicitante, en tal caso debe presentar Carta de inquilinato o préstamo de Vivienda (también se la podrán suministrar en el EBAIS) firmada por el dueño del recibo y copia de la cédula, o contrato de arrendamiento.

 

Asegurado directo extranjero:

    • Cédula de residencia, pasaporte o carné de refugiado vigentes. En el caso de documentos emitidos en el extranjero, estos deben de estar autenticados por el consultado de Costa Rica en el país de origen o apostillados.
    • Orden patronal o recibo de pago del seguro voluntario o trabajador independiente al día
    • Recibo de agua, luz o teléfono, no necesariamente debe estar a nombre del solicitante, en tal caso debe presentar Carta de inquilinato o préstamo de Vivienda (también se la podrán suministrar en el EBAIS) firmada por el dueño del recibo y copia de la cédula, o contrato de arrendamiento.

 

Pensionados:

    • Cédula de identidad, cédula de residencia, pasaporte o carne de refugiado vigentes,
    • Resolución o constancia de adjudicación de la pensión emitida por la oficina de pensiones que administre el régimen correspondiente (IVM, RNC, GOBIERNO), en el caso de pensionados por vejez este documento solo deberá presentarse la primera vez,
    • Recibo de agua, luz o teléfono, no necesariamente debe estar a nombre del solicitante, en tal caso debe presentar Carta de inquilinato o préstamo de Vivienda (también se la podrán suministrar en el EBAIS) firmada por el dueño del recibo y copia de la cédula, o contrato de arrendamiento.
¿Quiénes califican para un beneficio familiar y cuáles son los requisitos?

Tienen derecho al seguro familiar el o la cónyuge, la compañera o el compañero, hijos, hermanos, padre, madre y otros menores que dependan económicamente del asegurado directo y que no realicen labores asalariadas o tengan fuentes de ingreso que les permitan optar por un aseguramiento voluntario o como trabajador independiente. Los requisitos que deben presentarse son los siguientes:

Cónyuges:

1- Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria y el documento DECLARACIÓN JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2- Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

3- Constancia de matrimonio (verificada por internet), en el caso de matrimonios realizados en el extranjero la constancia debe estar autenticada o apostillada con una vigencia de al menos 6 meses.

4- Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente.

Compañera (o):

1- Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria y el documento DECLARACION JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2-Declaración jurada de convivencia en unión libre mediante este Reporte de Parejas en Convivencia y DECLARACION JURADA  de dos testigos, preferiblemente que no tengan relación consanguínea en primer grado que puedan dar fe del tiempo de convivencia más la copia del documento de identificación de estas personas.

3-Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

4-Certificación de estado civil de la persona asegurada directa y de su compañera(o) para acreditar la libertad de estado, (verificado vía internet).

5-Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente.

Hijos menores de 18 años:

1- Constancia de nacimiento emitida por el Registro Civil, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o pasaporte vigente, en el caso de nacimientos en el extranjero la constancia debe estar autenticada o apostillada con al menos 6 meses anteriores a su uso.

2- Documentos de verificación de domicilio cuando no convivan con el asegurado director.

Hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años estudiante:

1- Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria  y el documento DECLARACION JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2-Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

3-Constancia de estudio o recibo de matrícula que lo acredite como estudiante activo en el curso lectivo vigente al momento de la solicitud del beneficio.

4-Llenar el formulario DECLARACION JURADA no unión libre, por parte del posible beneficiario.

5-Constancia de nacimiento del estudiante emitida por el Registro Civil (verificada por internet), en el caso de nacimientos en el extranjero la constancia debe estar autenticada o apostillada con al menos 6 meses anteriores a su uso.

6-Certificación de estado civil del posible beneficiario para acreditar la libertad de estado, (verificado vía internet).

7-Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios cuando no conviva con el asegurado directo:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente.

Hermanos menores de edad y Hermanos entre 18 años y hasta los 25 años estudiante:

1-Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria y el documento DECLARACIÓN JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2-Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

3-Constancia de nacimiento de ambos hermanos emitida por el Registro Civil, en el caso de nacimientos en el extranjero la constancia debe estar autenticada o apostillada con al menos 6 meses anteriores a su uso.

4-Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente. Adicionalmente, en el caso de mayores de edad estudiantes:

5-Constancia de estudio o recibo de matricula que lo acredite como estudiante activo en el curso lectivo vigente al momento de la solicitud del beneficio.

6-Certificación de estado civil para acreditar la libertad de estado, (verificado vía internet).

7-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA no unión libre, por parte del posible beneficiario.

Padres:

1- Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria y el documento DECLARACION JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2-Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

3-Constancia de nacimiento del asegurado directo emitida por el Registro Civil (verificada por internet), en el caso de nacimientos en el extranjero la constancia debe estar autenticada o apostillada con al menos 6 meses anteriores a su uso.

4-Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente.

Hijos y hermanos con discapacidad severa / Hijos y hermanos cuidadores de padres  con discapacidad severa:

1-Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria y el documento DECLARACIÓN JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2-Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

3-Certificación de estado civil para acreditar la libertad de estado del posible beneficiario, (verificado vía internet).

4-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA no unión libre, por parte del posible beneficiario.

5-Constancia de nacimiento de ambos hermanos o del hijo según corresponda emitida por el Registro Civil (Verificada por internet), en el caso de nacimientos en el extranjero la constancia debe estar autenticada o apostillada con al menos 6 meses anteriores a su uso.

6-Dictamen médico de la comisión de Invalidez o Epicrisis reciente de la persona con discapacidad severa.

7-Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente.

Hijastros y otros beneficiarios menores de edad:

1-Llenar el formulario de Solicitud de Beneficio Familiar Persona Asegurada Directa, Solicitud de Beneficio Familiar Posible Persona Beneficiaria y el documento DECLARACIÓN JURADA por parte del asegurado directo y el posible beneficiario.

2-Documento de identificación, cédulas de identidad vigentes, en el caso de extranjeros: documento DIMEX vigente, carné de solicitante de refugio vigente o resolución de aprobación / renovación de residencia extendida por la Dirección de Migración, además del pasaporte vigente para identificación.

3-En el caso que no sean hijos de convivientes deberá presentar constancia emitida por el Patronato Nacional de la Infancia o Juzgado competente, donde se determina la custodia del menor.

4-Verificación de domicilio, mediante uno o más de los siguientes medios:

a-Si arrienda: contrato de arrendamiento y recibo, depósito bancario o constancia de transferencia del pago correspondiente al mes anterior.

b-Recibo de servicio público o privado: electricidad, teléfono, televisión por cable o similar (Los documentos deben de estar a nombre del asegurado directo o de la persona con quien cohabita) o

c-Llenar el formulario DECLARACIÓN JURADA y fotocopia de cédulas de dos familiares, personas con quien habita y/o de vecinos o personas conocidas, quienes den fe del lugar de residencia permanente.

¿Quiénes pueden optar por un seguro por el Estado y cuáles son los requisitos?

Pueden optar por un Seguro por el Estado aquellas personas costarricenses o extranjeros residentes, que se someten a un estudio socioeconómico en el que se determinará si existe o no imposibilidad para cubrir las cotizaciones del Seguro de Salud según la ley 5349 del 1973 y el Decreto Ejecutivo 17898-S. Los requisitos para optar por esta modalidad de aseguramiento son:

    • Llenar el “Formulario para la solicitud del beneficio de aseguramiento por cuenta del Estado” por parte del Jefe de familia o solicitante, este será suministrado en el EBAIS más cercano.
    • Fotocopia del documento de identificación de las personas mayores de edad que conforman el núcleo familiar.
    • Constancia de nacimiento de los menores de edad que conforman el núcleo familiar.
    • Constancia de bienes inmuebles emitida por el Registro Nacional a nombre del Jefe de familia o solicitante.
    • Fotocopia de los recibos por servicios públicos que se cancelaron durante el último mes
    • Constancia de matrimonio emitida por el Registro Civil o Declaración jurada de convivencia en unión libre (suministrada también por el EBAIS) para los casos de unión libre.

Esta información debe presentarla en la Ventanilla de Validación de Derechos ubicada en la Sede Central en San Rafael Abajo de Desamparados, para su respectivo trámite. El Área de Salud brinda atención preferencial a las personas adultas mayores, personas con discapacidad y mujeres embarazadas. Este beneficio es de carácter personal e intransferible, para lo cual deberán acreditar su condición.

¿Cuáles servicios presta el área de salud a las personas con discapacidad y adultos mayores?

Para personas Adultas Mayores:

    • Otorgamiento de citas telefónicas en Medicina General, de lunes a viernes a partir de las 2:00 p.m. hasta agotar los cupos disponibles para este fin.

 

    • Otorgamiento de citas presenciales de lunes a viernes a la 1:00 p.m.

 

    • Prioridad para el otorgamiento de las citas de lunes a viernes a las 6:30 a.m. (debe estar presente antes de que se inicie la entrega de fichas).

 

    • Atención en la ventanilla preferencial.

 

    • Asientos preferenciales.

 

Para personas con discapacidad:

    • Prioridad para el otorgamiento de las citas de lunes a viernes a las 6:30 a.m. (debe estar presente antes de que se inicie la entrega de fichas) y presentar documento de autorización confeccionado por la Jefatura de Servicios Médicos.
    • Atención en la ventanilla preferencial.
    • Asientos preferenciales.

 

Para mujeres embarazadas:

    • Prioridad para el otorgamiento de las citas de lunes a viernes a las 6:30 a.m. (debe estar presente antes de que se inicie la entrega de fichas).
    • Atención en la ventanilla preferencial.
    • Asientos preferenciales.
¿Cuál es el trámite para el retiro de los medicamentos psicotrópicos?

Para el retiro de medicamentos psicotrópicos en el Área de Salud, se debe seguir el siguiente procedimiento:

Recepción de recetas:

El paciente debe presentar la receta de psicotrópicos en el EBAIS correspondiente, en un plazo no mayor a una semana (siete días) a partir de la fecha de su emisión, la cual se enviará a la Farmacia para su dispensación.

Lugar de retiro:

Los pacientes afiliados al EBAIS San Rafael Abajo y San Rafael Arriba, deben retirar el medicamento psicotrópico directamente en la recepción de farmacia de la sede de San Rafael Abajo. Los usuarios afiliados a los EBAIS de Jericó, El Llano, Higuito y San Miguel, pueden retirarlo en la sede de EBAIS de San Miguel, los viernes en horario de 8 a.m. a 12 m.d. La regente farmacéutica hará entrega del medicamento.

Documentos a presentar:

Se hace entrega sólo a mayores de edad. El paciente debe presentar cédula de identidad. Orden patronal. Carné de afiliación.

Si viene a retirar un tercero:r

Se deben presentar los siguientes documentos: Cédula de identidad de la persona que retira, quien debe firmar al dorso de la receta y anotar el número de identidad. Carné y orden patronal del paciente dueño de la receta.

Copias de recetas psicotrópicos: Con respecto a las copias de recetas psicotrópicos, la fecha de prescripción de todas las recetas, es el día en que fue visto por el médico, por lo que el paciente presenta TODAS las recetas copias a recepción de farmacia y el técnico que las recibe, escribe al dorso las fechas de retiro de los siguientes meses; se le despacha la correspondiente al mes y el resto de recetas le son devueltas al paciente para que las presente mes a mes según corresponda. Además también es responsabilidad del paciente revisar en el momento que se le hace entrega, que el medicamento corresponda a lo que le fue prescrito.

¿Qué trámite debo realizar para retirar los medicamentos y psicotrópicos por adelantado, cuando voy a salir del país por un tiempo prolongado?

En caso de que se presente la necesidad excepcional para el despacho de medicamentos por un periodo mayor a 30 días y hasta por un máximo de 3 meses (por ejemplo: por viaje fuera del país), el usuario debe presentar a la Jefatura de Farmacia (en la sede Central en San Rafael Abajo) una solicitud formal y debidamente justificada, junto con las recetas, para el correspondiente análisis, además debe adjuntar: copia del tiquete aéreo que indique sus datos, cédula de identidad, orden patronal y carné de afiliación. En caso de que se trate de medicamentos psicotrópicos o estupefacientes, el usuario debe presentarse en el 4to piso del Ministerio de Salud con los siguientes documentos: recetas de psicotrópicos extendidas por el médico tratante, copia del tiquete aéreo, epicrisis, cédula de identidad y número telefónico donde contactarlo. El Ministerio de Salud extenderá una autorización la cual debe ser presentada en la Farmacia del Área de Salud para el respectivo trámite de despacho de medicamentos.

¿Qué trámite debo realizar para solicitar una copia del expediente?

El trámite es personal y puede ser realizado en cualquier sede de EBAIS. Los requisitos son los siguientes:

    • Presentar una nota de solicitud dirigida a la Dirección Médica, explicando el motivo por el cual solicita la copia del expediente de salud.
    • Adjuntar fotocopia de la cédula de identidad

Es importante tomar en cuenta que:

    • El costo del fotocopiado corre por cuenta del usuario.
    • En caso que el trámite sea realizado para terceros (menores de edad o personas con discapacidad), se debe anexar fotocopia de ambas cédulas, cuando corresponda. En el caso de los menores de edad, se brindará únicamente al responsable legal.
    • El trámite tarda entre 3 y 5 días hábiles. La copia debe ser retirada en la Dirección Médica ubicada en la sede Central en San Rafael Abajo.
    • El interesado puede consultar al 2251-0572, extensión 1, sobre el avance del trámite.
¿Qué trámite debo realizar para solicitar una Pensión del Régimen No Contributivo?

El usuario debe tramitar la solicitud en la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social. En el caso de los usuarios del Área de Salud, corresponde realizar el trámite en la Sucursal de Desamparados, ubicada 50 metros al Este de Pizza Hut en Desamparados centro. Una vez comprobados los requisitos, el expediente será enviado al Área de Salud para su respectivo trámite.

¿Qué trámite debo realizar para solicitar una Pensión por Invalidez?

El usuario debe tramitar la solicitud en la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social. En el caso de los usuarios del Área de Salud, corresponde realizar el trámite en la Sucursal de Desamparados, ubicada 50 metros al Este de Pizza Hut en Desamparados centro. Una vez comprobados los requisitos, se le entregará un formulario que debe presentar en la Dirección Médica del Área de Salud, ubicada en la sede Central en San Rafael Abajo de Desamparados.

¿Qué trámite debo realizar para solicitar el traslado de mi expediente?

El interesado puede realizar el trámite:

1) Al momento de la afiliación en la nueva área de adscripción, ésta se encargará de solicitar el traslado del expediente.

2) Solicitar el traslado en la recepción de la sede de EBAIS a la cual se encontraba afiliado, indicando el Área de Salud de nueva adscripción.

¿Cuál es el procedimiento para el trámite de incapacidades de Medicina de Empresa?
    • El Asegurado deberá realizar el trámite en la recepción de Validación de Derechos y Seguros por el Estado, ubicada en el primer piso de la sede central del Área de Salud Desamparados 2, ubicada en San Rafael Abajo de Desamparados.

 

    • Deberá presentar la cédula de identidad, o documento de identidad, así como la constancia de incapacidad o licencia, conocida como boleta “verde”.

 

    • Las boletas deben ser entregadas dentro de los cinco días hábiles posteriores a su otorgamiento.

 

    • En caso de no poder realizar el trámite personalmente se podrá gestionar con un tercero, mediante una carta de autorización firmada y fotocopias de ambos documentos de identidad.

 

En caso de consulta se puede comunicar al número telefónico 22510572 o al correo electrónico:  asdesamparados2@coopesalud.org. Horario de Atención: de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

¿Cuál es el procedimiento para homologar dictámenes médicos por procedimientos médico-quirúrgicos?
    • El Asegurado deberá realizar el trámite en la Secretaría de la Dirección Médica ubicada en el segundo piso de la sede central del Área de Salud Desamparados 2, ubicada en San Rafael Abajo de Desamparados.Deberá presentar la cédula de identidad, o documento de identidad, así como el certificado Odontológico o Médico en formularios oficiales establecido por los colegios profesionales de médicos y odontólogos.Deberá presentar la documentación, en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles, a partir de la fecha de emisión, para su aprobación, modificación o denegatoria. En caso de no poder realizar el trámite personalmente se podrá gestionar con un tercero, mediante una carta de autorización firmada y fotocopias de ambos documentos de identidad.Se le recuerda que con base en Reglamento para el Otorgamiento de Incapacidades a los Beneficiarios del Seguro de Salud; en su artículo 81: 
        • Todo formulario emitido por profesionales del Sistema Mixto de Atención Integral a las Personas, los profesionales en Medicina y Odontología privados o del Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia, con referencia a días de reposo como parte del tratamiento de un asegurado (a) activo (a), tendrá carácter de recomendación para la Caja.

       

      En caso de consulta se puede comunicar al número telefónico 22510572 o al correo electrónico:  asdesamparados2@coopesalud.org. Horario de Atención: de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

¿Qué trámite debo realizar para homologar una recomendación de incapacidad emitida por un médico u odontólogo privado?
    • El Asegurado deberá realizar el trámite en la Secretaría de la Dirección Médica ubicada en el segundo piso de la sede central del Área de Salud Desamparados 2, ubicada en San Rafael Abajo de Desamparados. Deberá presentar la cédula de identidad, o documento de identidad, así como el certificado Odontológico o Médico en formularios oficiales establecido por los colegios profesionales de médicos y odontólogos. Contará con un día hábil, contados a partir del siguiente a la fecha en la que se emitió la recomendación, para gestionar la misma. En caso de no poder realizar el trámite personalmente se podrá gestionar con un tercero, mediante una carta de autorización firmada y fotocopias de ambos documentos de identidadSe le recuerda que con base en Reglamento para el Otorgamiento de Incapacidades a los Beneficiarios del Seguro de Salud; en su artículo 81:
        • En el caso de las recomendaciones de incapacidad de la consulta externa de los profesionales en Medicina y Odontología que laboran en forma privada o en el Sistema Mixto de Atención Integral a las Personas, solo podrán otorgarse incapacidades por un máximo de tres días.

       

        • Los asegurados (as)activos (as) que, por su condición de salud, requieran un número mayor de días de incapacidad deben acudir a su centro de adscripción, a efecto de que sean valorados en el servicio de medicina general.

       

      En caso de consulta se puede comunicar al número telefónico 22510572 o al correo electrónico:  asdesamparados2@coopesalud.org. Horario de Atención: de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

      • Todo formulario emitido por profesionales del Sistema Mixto de Atención Integral a las Personas, los profesionales en Medicina y Odontología privados o del Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia, con referencia a días de reposo como parte del tratamiento de un asegurado (a) activo (a), tendrá carácter de recomendación para la Caja.
¿Cuál es el procedimiento para homologar recomendaciones de incapacidad emitidas por el IAFA?
    • El Asegurado deberá realizar el trámite en la Secretaría de la Dirección Médica ubicada en el segundo piso de la sede central del Área de Salud Desamparados 2, ubicada en San Rafael Abajo de Desamparados.Deberá presentar la cédula de identidad, o documento de identidad, así como el certificado Médico en formulario oficial establecido por el colegio profesional de médicos y la epicrisis certificada por el médico autorizado del IAFA, quien deberá ser el mismo que firma la solicitud de incapacidad. Dicha epicrisis deberá tener un número de oficio o consecutivo Contará con tres (3) días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha en la que se emitió la recomendación, para gestionar la misma, en forma personal y excepcionalmente por medio de un tercero debidamente autorizado y con una justificación emitida por el médico del centro del por qué el paciente no puede presentarse a tramitar su incapacidad. En caso de consulta se puede comunicar al número telefónico 22510572 o al correo electrónico: asdesamparados2@coopesalud.org. Horario de Atención: de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
¿Cuál es el procedimiento para homologar recomendaciones de incapacidad (dictámenes) emitidos bajo la cobertura de Póliza del Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores (SOA)?
    • El Asegurado deberá realizar el trámite en la Secretaría de la Dirección Médica ubicada en el segundo piso de la sede central del Área de Salud Desamparados 2, ubicada en San Rafael Abajo de Desamparados. Deberá presentar la cédula de identidad, o documento de identidad, así como el certificado Odontológico o Médico en formularios oficiales establecido por los colegios profesionales de médicos y odontólogos. Contará con cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha en la que se emitió la recomendación, para gestionar la misma. En caso de no poder realizar el trámite personalmente se podrá gestionar con un tercero, mediante una carta de autorización firmada y fotocopias de ambos documentos de identidad.